El acoso sexual en el trabajo es uno de esos grandes lastres que aún hoy día sigue ocurriendo. En España, el 18% de las mujeres en España sufren acoso laboral en su trabajo (aunque también hay casos de hombres acosados). Este problema debe ser cortado de raíz, en los tiempos que corren esta conducta es del todo inapropiada.
A continuación dejo algunos consejos sobre como reconocer el acoso y cómo actuar al respecto:
1Qué es el acoso sexual.
Según la Organización Internacional de Trabajo, el acoso sexual en el trabajo se considera “un atentado a la dignidad de las personas y una forma de discriminación sexual”. El Código Penal español, mientras tanto, define al acosador como "el que solicitare favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercer, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante...".
2Cómo reconocerlo.
En ocasiones el acoso sexual transita una delgada línea entre las bromas y lo que la víctima considera una agresión directa. Sin embargo, los casos de acoso pueden dividirse de la siguiente manera:
- Conducta verbal: puede comenzar con chistes subidos de tono pero derivar en insinuaciones sexuales, comentarios, proposiciones y palabras obscenas.
- Conducta no verbal: gestos sexuales, fotos de naturaleza impúdica, cartas u otros materiales escritos de carácter pornográfico.
- Conducta física: incluye el contacto no deseado o no consentido por la víctima, como pellizcos, palmadas, roces o directamente intentos de violación o el uso de la coacción para mantener relaciones sexuales.
- Conducta verbal: puede comenzar con chistes subidos de tono pero derivar en insinuaciones sexuales, comentarios, proposiciones y palabras obscenas.
- Conducta no verbal: gestos sexuales, fotos de naturaleza impúdica, cartas u otros materiales escritos de carácter pornográfico.
- Conducta física: incluye el contacto no deseado o no consentido por la víctima, como pellizcos, palmadas, roces o directamente intentos de violación o el uso de la coacción para mantener relaciones sexuales.
3Cómo reaccionar al principio.
La víctima debe marcar distancia desde el principio ante todas aquellas situaciones que le provoquen molestia o humillación. No hay que dejarse intimidar y hay que manifestar firmemente el desagrado ante cualquier chiste o insinuación fuera de lugar.
También hay que dar a conocer la situación a los allegados, familiares y compañeros de trabajo. Un primer paso, cuando la conducta ofensiva es recurrente, es acudir al sindicato de la empresa y solicitar asistencia. Esto debe hacerse tanto ante el acoso de conmpañeros como de superiores.
También hay que dar a conocer la situación a los allegados, familiares y compañeros de trabajo. Un primer paso, cuando la conducta ofensiva es recurrente, es acudir al sindicato de la empresa y solicitar asistencia. Esto debe hacerse tanto ante el acoso de conmpañeros como de superiores.
4Qué hacer cuando el acosador es un compañero.
La primera medida ante lo que se denomina “acoso sexual horizontal” (que suele ser percibido por la víctima más como agresión que acoso) es denunciar inmediatamente el caso al superior o empresario. En caso de que el superior no tome medidas, el trabajador tiene la potestad de iniciar una acción penal ante el Juzgado de Guardia más cercano. En www.mjusticia.es/Directorio/JuzgadosTribunales puedes rastrear el Juzgado más cercano de acuerdo a la provincia en la que te encuentres.
5Qué hacer cuando el acosador es el empresario o jefe.
El llamado “acoso vertical”, ejercido por un superior o jefe, es más complejo, ya que muchas veces se solicitan favores sexuales para obtener un empleo o conservarlo (se sugiere o amenaza con el despido en caso de no acceder a la propuesta). Como en este caso no se puede acudir a un superior, lo mejor es acudir al sindicato -si tiene suficiente fuerza para ejercer presión- o solicitar asistencia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Para localizar los puestos más cercanos puedes consultar el siguiente enlace:www.mtin.es/itss/web/Quienes_somos/Estamos_muy_cerca/index.html
6Más información .
El Ministerio de Justicia tiene un servicio de asistencia a los ciudadanos especializado en aquellos delitos sexuales, con oficinas de apoyo a las víctimas, localizables en cualquier comunidad autónoma de España. En el enlace www.mjusticia.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1057821035264〈=es_es&menu_activo=1057821035264&pagename=Portal_del_ciudadano%2FPage%2FAsistenciaVictimas&subseccion=MostrarAtCiudadano&iden=1068628785764&subcateg=DS
figuran los detalles de procedimientos para diversos casos de delito sexual, incluyendo el acoso.
figuran los detalles de procedimientos para diversos casos de delito sexual, incluyendo el acoso.
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